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Documento BOE-B-2012-4580

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2012, páginas 6046 a 6046 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-4580

TEXTO

Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante,

por el presente, hago saber: que en el procedimiento Concurso Abreviado 000253/2011-D sobre declaración de concurso de la mercantil Ole Urbana, S.L., y C.I.F numero B53129516, se ha dictado Auto de fecha 25 d enero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

1.- Se declara la terminación de la fase común del concurso

2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio procediéndose a formar la sección quinta del concurso

3.- Se convoca a la Junta de Acreedores que se celebrará el próximo día 14 de junio de 2012, a las 10:00 horas en la sala de audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 en la 1.ª planta) publicándose Edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, este último de forma urgente y gratuita.

4.- No habiendo siso presentada ninguna propuesta de convenio conforme la previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiéndose solicitado la liquidación por el concursado, éste y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 20 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta y se procederá a aperturar la fase de liquidación (art. 1140y 143 LC).

5.- Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra la sentencia, que servirá de apelación más próxima a los efectos del art. 197.3 LC.

Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente.

Alicante, 25 de enero de 2012.- Secretaria judicial.

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