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Documento BOE-B-2012-4623

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2012, páginas 6090 a 6090 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-4623

TEXTO

Edicto

El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil Fincas C-246, S.L.U. (CIF B43365808 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 559/2011, se ha dictado en fecha 16/12/11 Auto de Conclusión del Concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de Fincas C-246, S.L.U., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 559-2011-5, y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal.

Hágase público el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona y Registro de la Propiedad de Calafell, donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día, relativas a la declaración de concurso, que será entregado a la procuradora de los solicitantes para su diligenciado y devolución.

Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de El Vendrell.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno -artículo 177.1 LC.

Así lo acuerda, manda y firma, Juez stta. del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 16 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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