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Documento BOE-B-2012-4628

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 13 de febrero de 2012, páginas 6095 a 6096 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-4628

TEXTO

Doña María Teresa García Grande, Secretario Judicial del Juzgado lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente

Hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de acreedores de Vicente Mario Prieto Vallet y Paloma Martínez Mengual, con el número de registro 194/2011 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 31 enero de 2012 con el siguiente tenor literal:

Se declara y pone fin a la fase común del concurso, abriendo la fase de liquidación.

El administrador concursal, Juan Diego Fullana Zarrranz con D.N.I. número 24.374.638-C, presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto Ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de la publicaciones, procederá su publicación en el BOE, y en el tablón de anuncios del Juzgado de Forma Gratuíta.

Firme que sea esta resolución; expídase exhorto al Registro Civil de Cullera a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la apertura de la liquidación en la inscripción de nacimiento de los concursados.

Fórmense las Secciones Quinta y Sexta del Concurso a los efectos procedentes.

De conformidad con el artículo 168.1 LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y, ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma cabe recurso de apelación conforme al art. 98 de la Ley Concursal, y que tendrá la consideración de apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición e incidentes concursales durante la fase común, a los efectos previstos en el art. 197.3 LC, que deberá interponerse en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don José María Cutillas Torns, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia.

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se pide el presente.

Valencia, 31 de enero de 2012.- .

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