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Documento BOE-B-2012-5056

Resolución de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía sobre modificación de la resolución de 25 de abril de 2007 por la que se otorgó autorización administrativa para la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (planta de biomasa), ubicada en el término municipal de Miajadas (Cáceres), expediente GE-M/28/07.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2012, páginas 6653 a 6655 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-5056

TEXTO

Visto el trámite instruido en esta Dirección General a petición de Biomasa Miajadas, S.L.U., con domicilio en Avda. Europa, 16, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas (Madrid), por la que se solicitó la modificación de la resolución de 25 de abril de 2007 por la que se otorgaba autorización administrativa para la instalación de referencia, se exponen los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha de 25 de abril de 2007, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de la instalación eléctrica (planta de biomasa), expediente GE-M/28/07, publicada en DOE n.º 59, de 24 de mayo de 2007.

Segundo.- Con fecha de 15 de diciembre de 2008, se dictó resolución de la Dirección General de Planificación Industrial y Energética, sobre aprobación de proyecto de ejecución de la citada instalación.

Tercero.- Con fecha de 28 de febrero de 2011, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, sobre la puesta en servicio de la citada instalación.

Cuarto.- Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 12 de mayo de 2011, don José Julio Figueroa Gómez de Salazar, en nombre y representación de Biomasa Miajadas, S.L.U., presentó solicitud de modificación de la autorización administrativa y de la aprobación de proyecto de ejecución motivada por la ampliación de la instalación de referencia, consistente en una línea de almacenamiento y suministro de biomasa leñosa y otras instalaciones auxiliares.

Quinto.- Con fecha de 27 de septiembre de 2011, la Dirección General de Medio Ambiente, emitió informe por el que consideraba no sustancial la ampliación planteada por el promotor a raíz de consulta realizada por esta Dirección General, no siendo, por tanto, necesaria la modificación de la resolución de 28 de mayo de 2007, por la que se formulaba declaración de impacto ambiental del proyecto.

Sexto.- Con fecha 11 de enero de 2012 finalizó el tramite de información pública del modificado de proyecto de la instalación de referencia, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.

Fundamentos de derecho

Primero.- La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.

Segundo.- Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General, resuelve:

Modificar la Resolución de fecha 25 de abril de 2007, por la que se otorgó la autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (planta de biomasa), expediente GE-M/28/07, en los siguientes términos:

Peticionario: Biomasa Miajadas, S.L.U., con sede social en Avda. Europa, 16, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas (Madrid), CIF B-85368231.

Ubicación: Parcelas 114, 115, 116 y 127 del polígono 16, del término municipal de Miajadas (Cáceres).

Características de la ampliación de la instalación:

- Almacenamiento y línea de suministro de biomasa leñosa, constando de: foso de descarga de biomasa leñosa, cadena recogedora, rodillos de nivelación, zona de cribado, extractor de polvo, silo de almacenamiento de biomasa leñosa, sinfín extractor circular en el fondo del silo y cinta transportadora a caldera.

- Nave de almacén: Con unas dimensiones de 35x15 m y altura de 6,35 m. Proyectada para el almacenamiento de repuestos y componentes para operación y mantenimiento.

- Nave de pre-tratamiento de agua: proyectada junto a nave de tratamiento actual. Su objeto es mejorar la eficiencia de la planta, realizándose tratamientos primarios en la misma.

- Caseta de báscula de pesaje: de dimensiones 15x5 m y altura de 5,25 m, proyectada para albergar a una persona encargada del pesaje y control de acceso de vehículos a la planta.

Finalidad de la instalación: Ampliación de líneas de proceso e instalaciones auxiliares de planta de generación de energía eléctrica mediante incineración de biomasa.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

En el plazo de 6 meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.

Mérida, 19 de enero de 2012.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía. Fdo.: Juan José Cardesa Cabrera.

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