Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Ampliar en doce (12) meses el plazo de resolución y notificación del expediente de deslinde del tramo de costa de unos diez mil cuatrocientos setenta y dos (10.472) metros de longitud, que comprende la totalidad del término municipal de Marín (Pontevedra).
Contra la presente resolución que debe ser notificada a los interesados, no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 42.6 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común."
Por otra parte, en aplicación del artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se concede un plazo de quince días para que dentro del mismo pueda examinar el expediente y presentar, también dentro de este mismo plazo, los escritos, documentos y pruebas que estime conveniente.
El expediente se hallará en la Subdirección General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, de esta Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar (Plaza de San Juan de la Cruz, s/n Madrid). Una copia del expediente podrá ser examinada en el Servicio Periférico de Costas de este Ministerio en Pontevedra.
Madrid, 3 de febrero de 2011.- El Subdirector General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.
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