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Documento BOE-B-2012-545

Resolución de la Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía sobre autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (cogeneración) de 2 MW, ubicada en Moraleja (Cáceres), Exp. GE-M/49/11.

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2012, páginas 716 a 718 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-B-2012-545

TEXTO

Visto el expediente instruido ante la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, en la actualidad, Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía (en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía) a petición de Bioenergías de la Sierra de Gata, S.L., con domicilio social en c/ Munich 72, nº 33. CP 46900 – Torrent (Valencia), C.I.F.: B98290208, solicitando autorización administrativa de la instalación de referencia, se exponen los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 6 de octubre de 2.011 la Dirección General de Medio Ambiente emitió resolución otorgando Autorización Ambiental Unificada de la citada instalación.

Segundo.- Con fecha 15 de noviembre de 2011 finalizó el tramite de información pública de la solicitud de autorización administrativa de la instalación de referencia, sin que se hayan recibido alegaciones.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado de las separatas correspondientes, a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo manifestado oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados por el promotor los informes y condicionados técnicos emitidos por los mismos.

Fundamentos de derecho

Primero.- La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para otorgar la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.

Segundo.- Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General resuelve:

Emitir la Autorización Administrativa, a favor de Bioenergías de la Sierra de Gata, S.L., de la instalación cuyas características principales son las que a continuación se indican:

- Promotor: Bioenergías de la Sierra de Gata, S.L., con domicilio social en c/ Munich 72, nº 33. CP 46900 – Torrent (Valencia), y C.I.F.: B98290208.

Ubicación de la planta: La planta se construirá en el término municipal de Moraleja, en la provincia de Cáceres, en la parcela 10 del polígono 1 (Coordenadas X: 697307,13; Y: 4438207,78; Huso: 29).

Características: Planta de valorización de cultivos energéticos locales, subproductos orgánicos y biomasa forestal residual para la producción de electricidad en una central de cogeneración de 2 MWe de potencia eléctrica.

La biomasa será valorizada mediante un proceso de biometanización y gasificación. El gas generado alimentará a las siguientes unidades de cogeneración CHP (combinación de calor y electricidad):

- Grupo 1, MCIA a gas con potencia eléctrica 1.500 kWe.

- Grupo 2, MCIA a gas con potencia eléctrica 250 kWe.

- Grupo 3, MCIA a gas con potencia eléctrica 250 kWe.

La generación eléctrica se producirá en un alternador síncrono trifásico a una tensión de 400 kV.

La elevación se realizará en el Centro de Transformación prefabricado tipo EP-1 a ubicar en la planta que dispondrá del siguiente equipamiento:

- Transformador elevador asociado a generación de 2500 kVA 0,4/20 kV.

- Transformador elevador asociado a consumo de 250 kVA 0,.4/20 kV.

- Aparamenta MT tipo modular. La maniobra será del tipo CE-P-F-SF6-24. Dispondrá de Seccionamiento y medida tipo L+P+T y reserva de espacio para línea.

La línea eléctrica de evacuación será trifásica y de un solo circuito con una tensión de servicio de 20 KV. Estará constituida por un tramo subterráneo de 5 m de longitud desde el centro de transformación de la central de biomasa hasta el límite de la parcela donde está ubicada la planta y por un tramo aéreo de 1271 m que comenzará en un apoyo de tipo fin-comienzo de línea en el cual se realiza el entronque aéreo-subterráneo cuyas coordenadas son X = 697.417.30 m, Y = 4.438.332,08 m, Huso = 29, discurre en todo su recorrido paralelo a la carretera CC-3.1 y finaliza en la STR de Moraleja en el punto con coordenadas X = 698.744.51 m, Y = 4.438.045, 45 m, Huso = 29.

Finalidad de la instalación: Planta de cogeneración para producción conjunta de energía eléctrica y térmica.

Presupuesto: 3.955.422,84 euros.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.

En el plazo de 6 meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

La presente Autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que ha su derecho interese.

Mérida, 12 de diciembre de 2011.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía, Juan José Cardesa Cabrera.

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