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Documento BOE-B-2012-5714

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2012, páginas 7565 a 7565 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-5714

TEXTO

Edicto

Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal 203/2008 referente al concursado Residuos y Acopios Centrales, S.L. C.I.F. B-84367762 por auto de fecha siete de enero de dos dos mil doce se ha acordado lo siguiente:

1 - Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor RESIDUOS Y ACOPIOS CENTRALES, S.L. CIF B-84367762.

2 - Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3 - Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.

4.- Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.

6- Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y, en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución.

7- El oficio y edicto dirigido al BOE, así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a instante del concurso para su debida cumplimentacion, quien deberá aportar a este Juzgado un ejemplar del BOE tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados.

8- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan (original y 11 copias en papel o en soporte C.D. individualmente emblistado) para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.

9- Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

10- Requiérase a la administración concursal para que presente el informe a que se refiere el artículo 169 de la Ley Concursal en el momento procesal oportuno.

Madrid, 7 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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