El Juzgado de lo Social nº 4 de Sevilla,
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue Ejecución 328/11, dimanante de los autos 237/11, a instancia de Antonio Medina Andana contra Servicios Integrales de Hostelería y Restauración, S.L., y Romero Jara Jabugo, S.L., en la que con fecha 09/02/12 se ha dictado Auto, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes y fijando la indemnización y el importe de los salarios dejados de percibir, haciéndoles saber a las partes que contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plazo de tres días, previo al de suplicación. Y para su inserción y notificación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Sevilla, 10 de febrero de 2012.- Secretario Judicial.
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