El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1.- Se declara, por auto de fecha 20/02/12 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento concursal Voluntario con número de autos 251/11 del deudor "Nataluz, S.L.", con n.º de CIF: B-84233940 y con domicilio social en la C/ Batres 2, Nave 5, de Alcorcón (Madrid).
2.- Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 11 de abril de 2012 a las 10:30 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
3.- Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4.- Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 20 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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