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Documento BOE-B-2012-6924

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 1 de marzo de 2012, páginas 9297 a 9298 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-6924

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario número 107/11 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la finalización de la fase de convenio y apertura de liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva;

Acuerdo: declarar finalizada la fase de Convenio del presente procedimiento concursal de la persona física doña Silvia Cazorla Úbeda, con DNI 34740478-J y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previstos en el artículo 143.1.1.º de la Ley Concursal, al no haber sido admitida la propuesta de convenio presentada.

Se suspende la Junta de acreedores señalada para el próximo día 23 de febrero de 2012, a las 10.30 horas.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la epertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Civil de Sabadell, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias, así como al Registro de la Propiedad de Sant Feliu de Guíxols respecto de la finca 18.692, inscrita al tomo 2734, libro 298 de Castillo de Aro, folio 124 de la anotación preventiva en los folios registrales correspondientes, de las circunstancias anteriormente manifestadas.

Entréguese en debida forma al Procurador Sr. Francesc de Bolós Pi los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas.

En el plazo de ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a los dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Se concede el plazo de cinco días, de condormidad con el artículo 168, en relación con el 191 de Ley Concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente Sección alengado por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponserse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451,452 de la LEC).

Así lo manda y firma el Magistrado Juez don Hugo Novales Bilbao del Juzgado de lo Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 8 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

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