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Documento BOE-B-2012-7273

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2012, páginas 9770 a 9770 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-7273

TEXTO

Edicto

Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial de Xdo. do Mercantil N. 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración Concurso 0000033/2012, NIG. 15030 47 A 2012/0000069 se ha dictado a instancias de Nayme Electricidad, S.L. en fecha 2 de febrero de 2012 Auto de declaración de concurso del deudor Nayme Electricidad, Sociedad Limitada, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Narón, A Coruña, Calle Murillo n.º 9-11, bajo CIF B-70.209.218.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá remitirse al domicilio indicado al efecto por la administración concursal. También podrá efectuarse por medios telemáticos en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

5.º Que ha sido designado administrador concursal el letrado don Roberto Adán Arribí López con despacho abierto en A Coruña, C/Historiador Vedía n.º 14-4.º B y en Cedeira, Plaza del Sagrado Corazón, n.º 12-1.º y correo electrónico arribieconomic@telefonica.net.

A Coruña, 10 de febrero de 2012.- El Secretario.

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