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Documento BOE-B-2012-7425

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2012, páginas 9979 a 9979 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-7425

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia),

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 155/2007 en el que figura como concursado CONFECCIONES BIRNOVA, S.A., y LBK 84, S.L., se ha dictado el 17/11/2011 auto declarando concluso el concurso y cuya parte dispositiva dice:

Parte dispositiva

1.- Declaro concluido el concurso de CONFECCIONES BIRNOVA, S.A., y LBK 84, S.L.

2.- Declaro aprobadas las cuentas rendidas por la administración concursal D. Javier Hierro-Olabarria.

3.- Se acuerda el cierre registral y cancelación de la hoja de inscripción de CONFECCIONES BIRNOVA, S.A., y LBK 84, S.L., librándose mandamiento con tal fin al Registro de lo Mercantil.

Líbrense igualmente mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

4.- Notifíquese esta resolución a las partes personadas, deudora y administración concursal y al resto de acreedores a través de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicarán en el Boletín Oficial del Estado, haciendo constar la falta de masa del concurso.

5.- Comuníquese a los Juzgados que suspendieron procesos de ejecución que pueden proceder al archivo definitivo al haberse realizado la totalidad del patrimonio de CONFECCIONES BIRNOVA, S.A., y LBK 84, S.L., y extinguido su personalidad jurídica.

6.- Archívese el procedimiento una vez se verifique todo lo anterior y alcance firmeza esta resolución.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la LC).

Lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe.

Firma del/de la Juez. Firma del/de la Secretario.

La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.

Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.

Bilbao (Bizkaia), 17 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

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