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Documento BOE-B-2012-7437

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2012, páginas 9991 a 9991 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-7437

TEXTO

Edicto

D./Dña. Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 0000003/2012, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Gemma Ayala Domínguez, en nombre y representación de D./Dña. Climafrical, S.L., con el C.I.F.: B-35090331 se ha dictado Auto el día 14 de Febrero de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la entidad mercantil Climafrical, S.L. con CIF n.º B35090331, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D./Dña. Juan de Dios Montelongo Melían, Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de c/ Canalejas, n.º 90-92 -Local Bajo y código postal 35003 de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 928 364433 y fax 928 371 909. Correo Electrónico: concursal@montelongoasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de febrero de 2012.- Secretaria Judicial.

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