Edicto
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber:
1. Que en el procedimiento concursal 00471/09, por auto de fecha 23 de noviembre de 2011 se ha acordado la Apertura de la Fase de LIquidación en el concurso del deudor José Ramon Oceja Vallejo y Claudia Jeanette Villa Mejía, con DNI 72.022.485-D y 72.181.113-R, respectivamente y domicilio en avenida Oviedo, 16, 5.º, de Solares, Cantabria.
2. Durante la fase de liquidación quedará en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos.
3. De conformidad con el art. 145.2 la apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y de las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 25.3 y descendientes bajo su potestad.
4. Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realzación de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la LC.
Santander, 14 de febrero de 2012.- La Secretaria.
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