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Documento BOE-B-2012-814

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2012, páginas 1038 a 1039 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2012-814

TEXTO

Doña María Isabel Tirado Gutierrez, Secretaria del Juzgado de lo Social número 13 de Madrid,

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 74/11 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Edgar Freddy Zegarra Suntura contra "Comunidad Manchega de Servicios, S.L.", y "Comunidad Salmantina de Servicios, S.L.", se ha dictado decreto que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Dispongo:

a) Declarar a las ejecutadas 'Comunidad Manchega de Servicios, S.L.', y 'Comunidad Salmantina de Servicios, S.L.', en situación de insolvencia total por importe de 1.884,67 euros de principal (siendo responsable solidaria la mercantil 'Comunidad Salmantina de Servicios, S.L.', hasta el importe de 1.197,33 euros de principal), más otros 301,54 euros fijados provisionalmente para intereses y costas del procedimiento, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Remitir a la parte ejecutante de copia sellada de la demanda y testimonios de la sentencia, auto de extinción de relación laboral, en su caso, auto y decreto de ejecución y decreto de insolvencia a efectos de su aportación al Fondo de Garantía Salarial.

De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, remítase testimonio de esta resolución al 'Boletín Oficial del Registro Mercantil' a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este juzgado dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación.

Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución, será precisa la consignación de la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este juzgado en el banco Banesto, sucursal 1033, cuenta número 511, la cantidad de veinticinco euros (25 euros), y ello e conformidad con la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, o se admitirá a trámite.

Sólo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita).

Así lo acuerdo y firmo.

La Secretaria Judicial."

Madrid, 26 de diciembre de 2011.- La Secretaria del Juzgado de lo Social número 13 de Madrid, María Isabel Tirado Gutiérrez.

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