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Documento BOE-B-2012-8986

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2012, páginas 12046 a 12046 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-8986

TEXTO

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 158/2012 en el que se ha dictado con fecha 21/2/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Jobi Dara, S.L., con CIF B63802219 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

Nig del procedimiento: 08019-47- 1 -2012- 8000918.

Tipo de concurso: Voluntario.

Concursada: Jobi Dara, S.L., con domicilio en C. Estrasburgo (Cenrto Comercial "Mataro Park’) 5 Local 82-83 Mataro (Barcelona).

Administrador/es concursal/es: D.Da, con domicilio en Avenida. Gran Via de les Corts Catalanes, 617, principal 08007 Barcelona (Barcelona) con correo electrónico serranoconcursal@bufetsorroca.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administracion concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Exámen de los autos: Los aceedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 7 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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