Visto el expediente instruido en la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, en la actualidad, Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía (en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía), a petición de Proyecto Ensenada I, S.L. con domicilio en C/ Serrano, n.º 213, 1.ª planta, Oficina B-3, CP 28016 Madrid, CIF B-85469468, relativo a la instalación solar termoeléctrica de referencia, se exponen los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.- Con fecha 20 de septiembre de 2010, se dictó resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, sobre autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (planta termosolar), expediente GE-M/64/09, publicada en DOE n.º 194, de 7 de octubre de 2010.
Segundo.- Con fecha 17 de diciembre de 2010 y 26 de enero de 2011, don Carlos Torres-Quevedo López-Bosch, en nombre y representación de Proyecto Ensenada I, S.L, presenta Modificado a Proyecto de ejecución de la Central Termosolar "Eurosol I", motivado por la elección de una Planta Gas Natural Licuado, como sistema de suministro de gas a la instalación, así como por la inclusión de las infraestructuras de abastecimiento de agua y vertido de efluentes asociados a ésta.
Tercero.- Con fecha de 24 de marzo de 2011 la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, emitió informe considerando no sustanciales las modificaciones propuestas en la instalación de referencia indicadas en el antecedente de hecho segundo, respecto a la declaración de impacto ambiental favorable emitida con fecha 30 de abril de 2010.
Cuarto.- Con fecha 2 de noviembre de 2011 finalizó el tramite de información pública del modificado de proyecto indicado en el antecedente de hecho segundo, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.
Quinto.- De conformidad con lo establecido en el R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, se dio traslado de las separatas correspondientes, a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, no habiendo manifestado oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, aceptados por el promotor los informes y condicionados técnicos emitidos por los mismos.
Fundamentos de derecho
Primero.- La Dirección General de Incentivos Agroindustriales y Energía, es el órgano competente para la autorización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtud del Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como demás legislación aplicable.
Segundo.- Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, esta Dirección General resuelve:
Modificar la resolución de fecha 20 de septiembre de 2010 por la que se otorgó la Autorización Administrativa para la instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial (planta termosolar), expediente GE-M/64/09, en los siguientes términos:
Peticionario: Proyecto Ensenada I, S.L., con domicilio social en calle Serrano, n.º 213, 1.ª planta, Oficina B-3, CP 28016, Madrid, CIF B-85469468.
- Ubicación: Parcela 13 del polígono 3 y Parcelas 1, 2, 3, 4, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del polígono 4 del término municipal de Solana de los Barros con una superficie total de la parcela de 3.097.538 m². Quedando la planta encuadrada aproximadamente con las siguientes coordenadas UTM (Huso 29):
Vértice |
COORDENADAS UTM |
|
X |
Y |
|
Norte |
712.731,09 |
4.296.108,17 |
Este |
713.909,32 |
4.294.616,39 |
Sur |
712.407,38 |
4.293.343,93 |
Oeste |
711.526,17 |
4.294.786, 38 |
- Elección sistema de suministro de gas: Instalación de una planta satélite de gas natural licuado para suministro de gas a las calderas de apoyo a la generación (fluido HTF) y a la caldera auxiliar, en las condiciones adecuadas para su operación.
- Instalación de captación de agua:
Características de la tubería: tuberías de diámetros nominales comprendidos entre 200 y 1.200 mm, de 16.192 m de longitud total, con origen en Canal de Lobón Coordenadas UTM (Huso 29) X 709.519; Y 4.303.953, y finalización en Balsas de regulación n.º 1, n.º 2 y n.º 3 de la Planta Termosolar "Eurosol I".
Recorrido tubería abastecimiento:
POLÍG. Nº |
PARC. Nº |
TÉRMINO MUNICIPAL |
POLÍG. Nº |
PARC. Nº |
TÉRMINO MUNICIPAL |
6 |
9001 |
Lobón |
19 |
9004 |
Lobón |
6 |
9008 |
Lobón |
19 |
9005 |
Lobón |
6 |
9007 |
Lobón |
8 |
9002 |
Lobón |
4 |
9019 |
Lobón |
7 |
9003 |
Lobón |
4 |
9001 |
Lobón |
7 |
9002 |
Lobón |
4 |
9023 |
Lobón |
8 |
2 |
Lobón |
4 |
9013 |
Lobón |
70 |
9002 |
Mérida |
4 |
103 |
Lobón |
70 |
9003 |
Mérida |
6 |
9005 |
Lobón |
70 |
9001 |
Mérida |
18 |
9004 |
Lobón |
68 |
9008 |
Mérida |
6 |
9006 |
Lobón |
67 |
9006 |
Mérida |
18 |
9003 |
Lobón |
67 |
9018 |
Mérida |
7 |
9001 |
Lobón |
67 |
9003 |
Mérida |
19 |
9003 |
Lobón |
- Instalación de vertido de agua:
Características de la tubería: tubería de polietileno de alta densidad (PEAD) PE100 SDR11 de 250 mm diámetro nominal y 1.200 metros de recorrido. Con origen en balsa de homogenización ubicada en la propia planta y finalización en río Guadajira en el término municipal de Solana de los Barros (Badajoz), las coordenadas del punto de vertido es UTM-X: 713404,2645 UTM-Y: 4295107,3356 HUSO 29, el recorrido de la tubería se realiza por terrenos de la propia planta.
Finalidad de la instalación: Planta solar térmica para generación de energía eléctrica aprovechando la radiación solar de la zona.
Presupuesto total incluidas modificaciones: 152.888.247,60 euros.
Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de la misma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132 del mencionado R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.
En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, deberá el peticionario o el titular de la misma, solicitar la autorización del proyecto de ejecución, produciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el art. 115 de dicha norma legal.
Mérida, 28 de febrero de 2012.- El Director General de Incentivos Agroindustriales y Energía. Fdo.: Juan José Cardesa Cabrera.
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