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Documento BOE-B-2012-9270

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2012, páginas 12441 a 12441 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9270

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 0000141/2010 y NIG n.º 13034 41 1 2009 0009704, se ha dictado en fecha 12-03-2012 auto de declaración de concurso voluntario de la entidad deudora "Miberba, S.L.", con DNI/CIF/NIF n.º B-13232483 y domicilio en Calle Arroyo del Pozo Sevilla, n.º 55, de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada localidad de Alcázar de San Juan (Ciudad Real).

2º.- Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio que seguirá ejerciendo el deudor, quedando sometido en el ejercicio de éstas a la autorización o conformidad del/de los Administrador/es Concursal/es designado/s.

3º.- Se ha designado, como Administrador/a Concursal al/a la Letrado en ejercicio D./Dña. Alfonso Gómez-Morán Martínez, con domicilio postal en Avenida del Rey Santo, n.º 8, 2.º-D de Ciudad Real, y dirección electrónica bufete@gomezmoran.com, domicilios éstos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

6º.- A su vez éstos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

Ciudad Real, 14 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.

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