Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid,
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid se sigue Concurso Voluntario Ordinario 97/10, a instancias de la entidad Constructora 566, S.L., en el que recayó Auto de fecha 22 de diciembre de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se acuerda la apertura de la fase de liquidación."
"Se declara la disolución de la sociedad, cesando en sus funciones los administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal."
"Fórmese la sección sexta de calificación del concurso."
"Se concede el término de 10 días, a contar desde la última publicación que se efectúe de esta resolución, para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable."
Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha indicada.
Madrid, 22 de diciembre de 2011.- Secretaria Judicial.
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