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Documento BOE-B-2012-9287

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2012, páginas 12458 a 12458 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9287

TEXTO

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 4/2012 (NIG 36038 47 1 2011/261) se ha dictado, a instancias de Nabiña Promociones, S.L., en fecha 20 de febrero de 2012 auto de declaración de concurso del deudor Nabiña Promociones, S.L., con C.IF número B-36470862, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Sección 8, Hoja 37092 y con domicilio social en c/ de Madrid, n.º 29, 10 B, 36960 de Sanxenxo.

Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sús créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse por correo ordinario o electrónico ante la administración concursal, doña Heriberta Docampo Brea, con domicilio en la calle Benito Corbal, n.º 13 - 1.º D, Pontevedra, C. P. 36001 y e-mail: heribertadbrea.concursl@gmail.com, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito o en forma electrónica.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a ( artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 20 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.

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