D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos de concurso abreviado seguidos en este órgano judicial con el n.º 363/11, se ha dictado en fecha dieciséis de marzo Auto de declaración de concurso voluntario de la entidad Clínica Jaime I, S.C., de Castilla-La Mancha, con CIF F13412036, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ciudad Real, Calle Hernández del Pulgar, n.º 6.
2.º Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación produciendo conforme a lo establecido en el artículo art. 146, el vencimiento anticipado de los créditos concúrsales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
3.º La situación del concursado será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley, por haberse aperturado simultáneamente, la fase de liquidación.
Se declara disuelta la mercantil concursada, cesando sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
Se ha designado como administrador concursal a D. Eduardo Peña Sánchez, experto contable, colegiado nº 10.365 del Colegio de Titulados Mercantiles de Madrid, con domicilio en Calle Alarcos, n.º 16, 1.º B, de Ciudad Real; y dirección de correo electrónico señalada fiscal@alcafis.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).
6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 16 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
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