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Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados, conforme establece el artículo 59.5 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo deben publicarse a efecto de notificación las resoluciones de los expedientes sancionadores que después se citan.
De conformidad con el artículo 61 de la misma Ley 30/1992 de 26 de noviembre, para el conocimiento del contenido íntegro del acto los interesados, debidamente acreditados, pueden comparecer y tomar vista del mismo en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, de Madrid, despacho A-420, en horario de lunes a viernes de 10.00 a 12.00 horas.
Contra las presentes resoluciones, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la citada Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Numero de expediente: IC/1391/2012. Sancionado: "Logística Nasedae, S.L." CIF: B-47684501. Precepto infringido: Artículo 141.14 Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho denunciado: Prestar servicios de transporte utilizando la mediación de personas no autorizadas. Cuantía de la sanción: 1.001 euros. La sanción ya ha sido pagada.
Madrid, 8 de marzo de 2013.- La Inspectora de Transporte Terrestre, Eloisa Panadero Talavera.
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