Edicto
Doña Julia Zapatero García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,
Anuncia
Que en el procedimiento concursal número 200/2012 referente al deudor Espamodu, S.A., se ha dictado auto de fecha 4 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva es como sigue:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1.-Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Espamodu, S.A.
2.-Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.
3.-Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
4.-Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los Administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.
6.-Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.
7.-Requerir a la Administración concursal para que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
8.-El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.
Madrid, 4 de marzo de 2013.- Secretario judicial.
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