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Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 139/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Galimax 98, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 139/2013 Sección C2
NIG del Procedimiento.- 683/13
Entidad concursada.- Galimax 98, S.L., con CIF n.° B61869384.
Tipo de concurso.- Voluntario
Fecha del auto de declaración.-21.02.2013.
Administradores concursales.- Doña Aurora Padilla Marchal, domicilio profesional: Llorenç Serra, 2, 2.º 3.ª, de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona), teléfono núm. 93/386-04-05 y correo electrónico cruzpadilla@icab.es.
Facultades del concursado.- Intervenidas
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copla en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Dado en Barcelona a, 28 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.
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