Edicto.
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra,
Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 50/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 8 de marzo de 2013 Auto acordando lo siguiente:
Primero.- Declarar el concurso voluntario ordinario de la entidad deudora Futura Línea Moda, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-36664241, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Avenida Atlántida, número 130, Bajo, 36208, de Vigo (Pontevedra).
Segundo.- La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.
Tercero.- La Administración concursada designada está integrada por el economista Luis Navaza Blanco, con documento nacional de identidad 76791644-A, y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Policarpo Sanz, número 6, 5.º A, 36202, de Vigo (Pontevedra), teléfono 630057295, fax 986225234 y correo electrónico lnavazab@economistas.org.
Cuarto.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.
Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 8 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
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