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Documento BOE-B-2013-12252

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2013, páginas 16294 a 16294 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-12252

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona hace saber:

Que en los autos con NIG 08019-47-1-2012-8007179 y número 87/2013B se ha declarado el concurso de fecha 21 de febrero de 2013 de Escram 99, S.L., con CIF número B61972246, y domicilio en calle Taxdirt, 16-18 Barcelona, en el que se ha decretado suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es Doña Susana Cruz Pichel, con domicilio en paseo Lorenzo Serra, 2 2-3, 08921 Santa Coloma de Gramenet y correo electrónico cruzpadilla@icab.es.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Paseo Lorenzo Serra, 2 2-3 08921 Santa Coloma de Gramenet, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 27 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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