El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1.º Que conforme a lo acordado por auto de fecha 17-7-2012, se ha declarado:
La conclusión del Concurso Voluntario de Rafael Manuel Endara Manosalvas, bajo el n.º de autos 208/11 por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso,
Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
2.º Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día: Don Gerardo Justicia, calle Alfredo Marqueríe, n.º 1, 8.º A, Madrid 28034.
Madrid, 13 de marzo de 2013.- Secretaria Judicial.
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