Al no haberse podido practicar la notificación personal al interesado, conforme establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo debe publicarse a efecto de notificación la resolución del expediente sancionador que después se cita.
De conformidad con el artículo 61 de la misma Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para el conocimiento del contenido íntegro del acto el interesado, debidamente acreditado, puede comparecer y tomar vista del mismo en el Ministerio de Fomento, Paseo de la Castellana, 67, de Madrid, despacho A-420, en horario de lunes a viernes, de 10.00 a 12.00 horas.
Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En caso de no interponer recurso de alzada, la sanción deberá hacerse efectiva dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de esta notificación. El ingreso deberá realizarse en el documento de pago Modelo 069, que durante el mismo plazo de 15 días el titular acreditado puede solicitar y recoger en la dirección del Ministerio de Fomento anteriormente indicada y en el mismo horario.
Número de expediente: IC/1055/2012. Sancionado: "Jutranspa, S.L.". CIF: B12489035. Precepto infringido: Artículo 140.6 Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho denunciado: Obstrucción a la labor inspectora. Cuantía de la sanción: 23.005 euros.
Madrid, 27 de marzo de 2013.- La Inspectora de Transporte Terrestre, Eloísa Panadero Talavera.
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