Edicto.
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 111/2013, en el que se ha dictado con fecha 27 de febrero de 2013, Auto declarando en estado de concurso a la entidad Seneb, S.A. con CIF A58448291 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2013 - 8000597.
Tipo de concurso: Voluntario.. Se ordena la intervención por la Administración Concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso
Concursada: Seneb, S.A. con domicilio en calle Moli de LLobet, 47, local 1 de Vic (Barcelona).
Administrador Concursal: Insolnet Administradores Concursales, S.L.P., con domicilio en Via Augusta, 29, 5 de Barcelona con correo electrónico "creditors@insolnet.es"
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en casa de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 3 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
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