El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la LC,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 344/2012 referente al deudor Solaris Inversiones Proyectos y Construcciones, S.L, con CIF.B-84489798, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es como sigue:
1.- Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de concurso Voluntario a la mercantil Solaris Inversiones Proyectos y Construcciones, S.L., inscrita en el Registro Mercantil de Madrid la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.
2.- Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el art. 23 de la Ley Concursal, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y comuníquese al Juzgado Decano de Madrid.
3.- Expídase por el Sr. Secretario mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Madrid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión. Asimismo, deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
4.- Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 16 de la Ley Concursal, la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.
5.- Notifíquese esta resolución al deudor.
Madrid, 4 de abril de 2013.- Secretario judicial.
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