Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC).
Anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 268/13, por auto de 2 de abril de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inversia Asesores, S.A., e Inverfomento de Desarrollo Luso Española, S.L.
Segundo. El deudor Inversia Asesores, S.A., e Inverfomento de Desarrollo Luso Española S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
Tercero. Se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.° del artículo 176 bis Ley Concursal.
Cuarto. Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
Quinto. Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Sexto. Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 2 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
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