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Documento BOE-B-2013-16587

Anuncio de la Notaría de don Pedro Coca Torrens de subsanación de una subasta extrajudicial de una finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 104, de 1 de mayo de 2013, páginas 22087 a 22088 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-16587

TEXTO

Yo, Pedro Coca Torrens, Notario del Ilustre de Castilla-La Mancha, con despacho abierto en Albacete, calle San Agustín, número 3, Entresuelo-Derecha, por el presente, comunico:

Que en el procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca, instando el día 28 de Enero de 2.013, por el Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima, contra don Alfonso Navajas Camara, que se publicó en este Boletín Oficial del Estado el día 14 de marzo de 2013, y en número 63, Sec. V-A., no se tuvo en cuenta, por ignorancia del mismo, que dicha vivienda era la habitual del deudor hipotecario, por lo que dicha ejecución ha de seguirse por el procedimiento establecido en el artículo 12 del Real Decreto 6/2012 de 9 de mayo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Que habiendo quedado desierta la primera de las subastas y, previa anulación de la segunda y tercera subastas del referido procedimiento, previstas para los días 6 y 26 de Mayo del corriente año, se ha subsanado dicha omisión mediante diligencia en la misma Acta suscrita por el representante de la Entidad acreedora el día 26 de abril del corriente año.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 del referido Real Decreto, para la realización del bien hipotecado se convoca una única subasta que se celebrará el próximo día 29 de mayo a las doce horas, en mi Notaria, con arreglo a lo previsto en los artículos 129 de la Ley Hipotecaria y 236 de su Reglamento y en especial por las siguientes:

Normas:

1º.- El tipo establecido para la subasta es el de ciento cuarenta y siete mil setecientos ochenta y cuatro euros (147.784,00 euros).

2ª.- Si se prestasen posturas por un importe igual o superior al 70 por 100 del tipo de la subasta se adjudicará la finca al que presente mejor postura.

3ª.- Si las posturas presentadas fueran inferiores al 70 por 100 del tipo de la subasta, podría el deudor, en el plazo de 10 días, presentar un tercero que mejore dicho tipo por con una cantidad superior al 70 por 100 del valor de tasación, o, aún siendo inferior, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del acreedor.

4º.- Transcurrido el plazo de 10 días sin que el deudor haya presentado ningún postor que reuna los requisitos previstos en el párrafo anterior, podrá el acreedor, en el plazo de cinco días, pedir la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por 100 del valor de tasación.

5º.- Si el acreedor no hiciese uso del anterior derecho podrá adjudicarse la finca a quien haya presentado mejor postura, siempre que supere el 50 por 100 del valor de tasación ó, siendo inferior, cubra la cantidad reclamada por todos los conceptos.

6º.- Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor en el plazo de veinte días, adjudicársela por importe del 60 por 100 del valor de tasación.

7º.- Si el acreedor no hiciese uso de dicho derecho, se aplicara lo dispuesto en el artículo 236-n del vigente Reglamento Hipotecario.

Albacete, 29 de abril de 2013.- El Notario.

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