De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de la resolución dictada en el expediente sancionador de referencia D-226/2012 incoado contra Alois Rachbauer, domiciliado en Águilas (Murcia), por haber realizado la construcción de un vallado dentro de la parcela 77 del polígono 31 (Cuesta de la Mula) obstaculizando totalmente el libre discurrir de las aguas pluviales, sin la preceptiva autorización administrativa de este Organismo de cuenca, que no ha podido ser notificado en el domicilio del interesado porque intentada la notificación no se ha podido realizar por ausente.
No se impone sanción al considerar que la acción para sancionar la infracción ha prescrito a efectos de no causar indefensión al denunciado y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior. Esta medida quedará suspendida en el caso de que se solicite autorización para el mantenimiento de las obras, y quedará a resultas de lo que se resuelva en el expediente de autorización, que en su caso se tramite, si el interesado así lo solicita, en un procedimiento diferente al presente expediente sancionador. En el caso de que autorice las obras, no será necesario dar cumplimento a la medida ordenada, en caso contrario, deberá proceder a su cumplimiento. En el supuesto de incumplimiento se procederá por parte de este organismo a la ejecución forzosa de dicha medida, procediendo a su exigibilidad con imposición de multas coercitivas y/o mediante ejecución subsidiaria a su costa.
Contra tal resolución, puede interponerse recurso potestativo de reposición en plazo de un mes, o contencioso-administrativo en plazo de dos meses, pudiendo recogerse copia de la resolución en dicho organismo, c/ Mahonesas, 2, Murcia.
Murcia, 8 de mayo de 2013.- El Comisario de Aguas, José Carlos González Martínez.
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