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Documento BOE-B-2013-18253

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 2013, páginas 24465 a 24465 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-18253

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 226/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Silvia Caceres Sariñena y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 226/2013 Sección C5.

NIG del Procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2013 – 8001212.

Entidad concursada.- Silvia Caceres Sariñena, con CIF n.º

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del auto de declaración: 16 de abril de 2013.

Administrador concursal: doña Montserrat Rimbau Prat, con correo electrónico mrimbau@additigroup.com

Facultades del Concursado.- Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesitad de personarse.

Barcelona, 22 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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