Yo, María del Carmen Bascón Berrios, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, con residencia en Lucena,
Hago saber:
Primero.-Que en esta Notaría de mi cargo, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada: Urbana. Parcela de Terreno, con Vivienda Unifamiliar con Garaje, en calle Las Margaritas, sin número, de Lucena. Tiene una superficie total construida de cuatrocientos nueve metros y cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Lucena número 2, al tomo 1.170 del archivo, libro 955 del Ayuntamiento de Lucena, folio 144, finca número 34.063, inscripción 10.ª
Segundo.-Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría, sita en la calle Cabrillana, número 1-Local-Bajo, 14900-Lucena (Córdoba). La fecha prevista para la primera subasta será el día 14 de junio de 2013, a las once horas. En previsión de no existir postor en esta primera subasta o ésta resulte fallida, se celebrará la segunda subasta, el día 10 de julio de 2013, a las once horas. Y caso de no existir postor en la segunda subasta o esta resultare fallida, se celebrará la tercera, el día 6 de agosto de 2013, a las once horas. Y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 20 de agosto de 2013.
Tercero.-El tipo que servirá de base a la primera subasta es de 352.903 euros, a la segunda subasta el setenta y cinco por ciento (75%) de dicha cantidad y la tercera subasta sin sujeción a tipo.
Cuarto.-La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en esta Notaría. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute, continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subastas y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
En Lucena, 24 de abril de 2013.- La Notario.
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