En virtud de lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Administración, por el presente anuncio se procede a la notificación de la Orden de fecha 7 de diciembre de 2012 de revocación de la declaración de utilidad pública de la entidad denominada Asociación para la Protección Jurídica de los Inmigrantes en Albacete (Albacete Acoge).
Se pone, asimismo, de manifiesto a la entidad interesada el contenido íntegro de la citada Orden en las oficinas sitas en la calle Cea Bermúdez, 35-37, de Madrid.
Contra la Orden de revocación de la declaración de utilidad pública, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, pudiendo interponer previamente recurso potestativo de reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 14 de diciembre de 2012.- El Secretario General Técnico.
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