De conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no habiendo podido notificar a D. Gabriel Muñoz Ginés, en los dos intentos practicados en los dos domicilios que tiene en Cádiz, uno de ellos el que es objeto de este expediente, se le hace saber que, por el Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, en el expediente administrativo núm. 343/2011, ha sido dictada con fecha 26 de octubre de 2012, Resolución que acuerda declarar resuelto el contrato de cesión de uso de la vivienda militar de la que figura como titular, por la causa contemplada en el artículo 9, letra b), de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Dicha Resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá formular en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su recepción, Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de dicha índole del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid o el correspondiente al domicilio del interesado o, potestativamente, en el plazo de un mes, el recurso de reposición regulado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ante este Organismo.
Madrid, 17 de enero de 2013.- La Jefe de Área de Expedientes de la Subdirección General de Gestión.
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