Contingut no disponible en valencià
Por resolución del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 18 de abril de 2013, se declara extinguido el derecho al uso del aprovechamiento de un caudal de 10.000 l/s de aguas del río Noguera de Tor con destino a producción de energía eléctrica aplicable a usos industriales, en las localidades de Barruera y Durro pertenecientes al término municipal de La Vall de Boí (Lleida) y en las localidades de Llesp y Pont de Suert pertenecientes al término municipal de Pont de Suert (Lleida), y cuya titularidad ostenta D.ª María Atocha Ossorio Gallardo.
Intentada la notificación de la resolución de extinción del derecho relativa al expediente 2008-EXT-292, no habiendo sido posible practicarla por desconocer el domicilio, se hace público el presente anuncio, conforme al artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Significando que esta resolución agota la vía administrativa, por lo que cabe la interposición de recurso potestativo de reposición ante el Órgano que ha dictado el acto que se impugna, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución (arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/99) o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58.2 de la ley 30/92.
Zaragoza, 22 de mayo de 2013.- El Comisario de Aguas, P.D. el Comisario Adjunto, Francisco José Hijós Bitrián.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid