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Documento BOE-B-2013-21639

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 5 de junio de 2013, páginas 28821 a 28821 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-21639

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000430/2012 referente al concursado "Muebles Bordonabe, S.A.", con CIF A31201023, con domicilio en calle Camino Montejurra, 10, de Ayegui, por Auto de fecha 24 de mayo de 2013, se ha acordado lo siguiente:

1. Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa, con las modificaciones contenidas en el escrito de la administración concursal de 7 de mayo de 2013. Sobre la sucesión de los adquirientes, se resolverá en su caso para cada caso concreto.

La venta directa de los activos que se propone en el plan, se efectuaran con las precisiones contenidas en el sexto de los fundamentos de derecho de esta resolución.

2. Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

3. Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE de forma gratuita.

4. Una vez firme la presente resolución, expídase mandamiento al Registro Mercantil a fin de que proceda su inscripción, conforme al art. 324 del reglamento del Registro Mercantil.

Notifiquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Pamplona/Iruña, 24 de mayo de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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