El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 16/2010 de la concursada Promogeser, S.L., por auto de 23/5/13 se ha acordado:
1º.- La conclusión del concurso necesario de la mercantil Promogeser, S.L., con CIF B-83412528, por inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso,
2º.- Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
3º.-Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día: D.ª Cristina Alonso Suárez.
Madrid, 24 de mayo de 2013.- Secretario judicial.
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