Edicto.
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.
Hago saber: Que en dicho lugar se tramita el proceso concursal 878/2012-BR en el que se ha dictado con fecha 10/12/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Sitel Electrónica, Sociedad Limitada con CIF B60724606 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:
NIG del procedimiento: 08019-47-1-2012- 8006319.
Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la Intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.
Concursada: Sitel Electrónica, Sociedad Limitada con domicilio en calle Comte Borrell, n.º 167, bajos, 08015 de Barcelona.
Administrador concursal: la empresa Fides Auditores y Abogados SLP que designa como persona física a Emilio Segura Fernández, con domicilio en Consejo de Ciento, n.º 325, 2.º 1.ª, 08007 de Barcelona, con teléfono 93 272 11 92 y fax. 93 272 11 89, con correo electrónico esegura@fidesgroup.es.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en su caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio del Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 14 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
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