Edicto de aprobación de Convenio
Don Antonio Cidraque Arias, Secretario Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil, número 8 de los de Barcelona y Provincia,
Hago saber: Que en el Concurso nº 891/12 seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Sra. Neus Riudavets Vila, en nombre de Vantoureix, S.L., se ha dictado en fecha 14/6/13, por la Magistrada Juez Dª Marta Cervera Martínez, Sentencia aprobando convenio anticipado de acreedores presentado y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"La aprobación del convenio anticipado de acreedores de la entidad mercantil Vantoureix, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.
La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.
Se requiere a la administración concursal para que en el plazo de quince días presente la rendición de cuentas.
No hay condena en costas.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación."
Barcelona, 14 de junio de 2013.- El Secretario Judicial en sustitución.
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