Edicto.
María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1,
Hago saber: Que por Auto de fecha 7 de junio de 2013, dictado en el procedimiento 504/2012, referente a la concursada Gestión de Obras Excavaciones y Servicios, S.L., se ha acordado lo siguiente:
1.- Se abre la fase de liquidación de la concursada, Gestión de Obras Excavaciones y Servicios, S.L., con los efectos previstos en el art. 142 y siguientes de la LC.
2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos legalmente establecidos.
3.- De conformidad con el art. 145.3 LC se declara la disolución de la concursada Gestión de Obras Excavaciones y Servicios, S.L., acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursa en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que consta en otras prestaciones.
5.- Dese a la apertura de la fase de liquidación la publicidad establecida en los arts. 23 y 24 LC.
Publíquese la presente resolución en la página web del TSJ de Cantabria a efectos meramente informativos.
6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Santander, 7 de junio de 2013.- El/la Secretario.
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