En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en fecha 29 de mayo de 2013, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad "Real Club Náutico de Tenerife", para la explotación de una dársena de embarcaciones deportivas y la ocupación de una parcela destinada al acceso y estacionamiento de las embarcaciones, en la zona de servicio del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, bajo entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto que se establecen en el Pliego:
- Plazo, hasta el 25 de noviembre de 2027.
- Tasa de Ocupación, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de doscientos veintitrés mil doscientos cuarenta euros con tres céntimos (223.240,03 euros), con sujeción a lo dispuesto en los artículos 173 al 182 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
- Tasa de Actividad, cuyo importe anual, calculado para el presente año, asciende a la cantidad de diez mil trescientos ochenta euros con sesenta céntimos (10.380,60 euros), con sujeción a lo dispuesto en los artículos 183 al 192 del citado texto legal.
Lo que se publica para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, 10 de junio de 2013.- El Presidente, don Pedro Rodríguez Zaragoza.
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