Edicto
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a Costodia Jul Da Silva Pereira la sentencia dictada en el presente procedimiento que en extracto dice:
Sentencia n.º 454/12
En Logroño, a 19 de diciembre de 2012
D. Sergio Escalona Lebiere, Magistrado del Juzgado de Instrucción Número Tres de los de esta Ciudad, ha visto los presentes Autos de Juicio de Faltas 215/12, seguidos en este Juzgado en el que han sido partes como denunciante Miguel Ángel Viana González, y como denunciada Costodia Jul Da Silva Pereira por una falta de estafa.
Fallo
Que debo condenar y condeno a Costodia Jul Da Silva Pereira como autora de una falta de estafa prevista y penada en el art. 623.4.º C.P., a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, debiendo indemnizar al hotel "Ciudad de Logroño" en la suma de 65,01 €, más intereses legales y al pago de las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Logroño, 14 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid