El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimietno de lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley concursal (LC), anuncia
Que en el procedimiento número 895/11, incidente concursal 509/13, referente al deudor Baño Imagen, S.L., por Auto de fecha 24 de junio de 2013, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de Baño Imagen, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 895/11. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Baño Imagen, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 24 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.
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