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Documento BOE-B-2013-26060

Anuncio de la Notaría de don Juan Pérez de la Blanca Fernández sobre venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2013, páginas 34806 a 34806 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-26060

TEXTO

Yo, Juan Pérez de la Blanca Fernández, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Almería,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Paseo de Almería, número 21, 1.ª, de Almería, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Descripción.- Urbana.- Número cinco. Tipo E. Vivienda sita en calle David, número 12, planta segunda, de Almería. Tiene una superficie construida de setenta metros con cuarenta decímetros cuadrados; linda: Norte, vivienda tipo F de esta misma planta y rellano y caja de escaleras; Sur, edificio marcado con el número ocho de la misma calle; Este, fachada, y Oeste, patio de luces. Cuota: 8,60%.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Almería n.º 1, al tomo 1.784, libro 1.067, folio 98, finca n.º 4.096.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría. La 1.ª subasta el 5 de agosto de 2013, a las doce horas, siendo el tipo base el de 170.016,00 euro; de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el día 16 de septiembre de 2013, a las diez horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el 21 de octubre de 2013, a las doce horas, sin sujeción a tipo.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de 10 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta y en la 3.ª un 20% del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Almería, 1 de julio de 2013.- Notario.

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