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Documento BOE-B-2013-26146

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2013, páginas 34902 a 34902 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26146

TEXTO

Edicto.

Don Pedro Juan Enseñat García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 92/2013 referente al deudor Buggin Out, S.L., con CIF: B-83551911, se ha dictado, con fecha 26 de junio de 2013, auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva:

Estimando la petición deducida por la administración concursal, a la que no se ha opuesto ni la concursada ni personados, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso voluntario de Buggin Out, S.L., consignado bajo el n.º 92/2013, que fue declarado por Auto de fecha14 de febrero de 2013, por inexistencia de bienes y derechos para satisfacer los créditos contra la masa, cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, quedando la deudora responsable del pago de los créditos restantes y pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes o derechos.

Acuerdo la extinción de Buggin Out, S.L., y dispongo la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase mandamiento, conteniendo testimonio de la resolución firme.

Debo acordar y acuerdo el cese en su cargo de la Administración Concursal en su día nombrada.

Dése cumplimiento al at. 181 LC, para el supuesto de que no conste ya efectuado.

Notifíquese este Auto según lo dispuesto a las partes personadas, previniese de que contra él mismo no cabe recurso, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 177.1.L.C.

Dése cumplimiento al art. 177.3 LC; la resolución firme que acuerde la conclusión del concurso se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Madrid, 26 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

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