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Documento BOE-B-2013-26185

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 2013, páginas 34941 a 34941 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-26185

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Lluna Gascó, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3, de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000672/2010 habiéndose dictado en fecha 15-05-13 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

PARTE DISPOSITIVA

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000672/2010, promovido por el Procurador señor Bellmont Regodón, Víctor, en nombre y representación de la mercantil Promociones Casalzira, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del administrador concursal don Héctor Pardo Peiró, con NIF num. 20004443-D, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Promociones Casalzira, S.L., con CIF B-97415962, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme, así como mandamiento al Registro de la Propiedad de Játiva.

Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 9-04-13.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador de los solicitante del concurso señor Bellmont Regodón, Víctor, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Valencia, 15 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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