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Don José Luis Gómez Díez, Notario de Palma de Mallorca, con despacho en el Paseo del Borne, número 23, entresuelo, Palma de Mallorca.
Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:
Urbana: Número dos de orden.- Local Comercial, señalado con el número 54 de la calle Fray Luis Jaume, de esta ciudad. Tiene la consideración de local de renta limitada. Mide cuarenta y un metros, sesenta decímetros cuadrados, y linda: al frente, con la calle Fray Luis Jaume; derecha, con el local comercial número 54 de la misma calle; izquierda, con el local comercial número 54 de la misma calle; fondo, con patio de luces; y por la parte superior, con el piso primero.
Su cuota: 5'9798 por ciento.
Referencia catastral: 0516511DD7801E0002RQ.
Inscripción: Tomo 3.605, libro 1.094 de Palma III, folio 20, finca número 22.425, inscripción 6ª.
Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a efecto bajo las siguientes condiciones:
Uno.- Tendrá lugar en mi Notaría, una primera subasta el día 9 de Agosto de 2.013 a las diez horas, siendo el tipo de subasta el de ciento treinta y cinco mil doscientos noventa euros (135.290,00 €).
La segunda subasta, en su caso, tendrá lugar en mi Notaría, el día 29 de Agosto de 2.013 a las diez horas, siendo el tipo de subasta el setenta y cinco por ciento del correspondiente a la primera subasta.
La tercera subasta, en su caso, tendrá lugar en mi Notaría, el día (20 días) 19 de Septiembre de 2013 a las diez horas, sin sujeción a tipo.
Dos.- La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaria de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.
Tres.- Los licitadores, salvo acreedor, deberán consignar, previamente a la subasta en esta Notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda a la subasta; en la tercera subasta, el depósito consistirá en un veinte por ciento del tipo de la segunda.
Cuatro.- Desde el anuncio pueden hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
Cinco.- Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remante a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Palma de Mallorca, 3 de julio de 2013.- El Notario.
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